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Canales Eticos en Italia
Julia Suderow
Socia Fundadora 3C Compliance
Mar 16, 2018
Artículo / Compliance

Canales Eticos en Italia

El 15 de noviembre de 2017 el Parlamento Italiano ha aprobado una nueva Ley que amplía la protección del empleado que denuncia o comunica una conducta ilegal de la que haya tenido conocimiento en su trabajo. La nueva norma indica que los programa de Compliance sujetos a la Ley 231/2001 deberán disponer de uno o más canales de denuncias para informar sobre cualquier conducta que pueda implicar la responsabilidad penal y administrativa de la empresa.

Estos canales deberán garantizar la confidencialidad de la identidad del denunciante y como mínimo uno de estos canales será electrónico y garantizará el anonimato del denunciante.

Los Programas de Compliance sujetos a la Ley 231/2017, es decir programas que permiten atenuar la responsabilidad penal de la persona jurídica en Italia, deberán prohibir cualquier medida discriminatoria o represalia contra los denunciantes. Por un lado, deberán establecer sanciones específicas para cualquier incumplimiento de la prohibición y por el otro, establecerán sanciones concretas para cualquier uso fraudulento del canal de denuncias incluyendo negligencias o denuncias falsas.

Como consecuencia de lo anterior cualquier despido de una persona que haya denunciado se considerará nulo si está relacionado con la denuncia.

Por último, los canales de denuncia deberán cumplir con el RGPD ya que debido a su propia naturaleza procesan datos de carácter personal (por ejemplo, de las personas indicadas en la denuncia).

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